El objetivo de SEDESA es garantizar los depósitos de los ahorristas y contribuir por esta vía a la estabilidad financiera.
El sistema implementado tiene las siguientes características:
Todas las entidades financieras deben aportar al Fondo de Garantía de los Depósitos (FGD) un porcentaje estipulado en la normativa vigente.
Los aportes de las entidades financieras se recaudan mensualmente de forma anticipada (ex – ante). Dichos aportes, están conformados por un aporte base, correspondiente a la prima actual de 0.015% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades financieras, más un aporte adicional en función del nivel de riesgo de la entidad.
El sistema garantiza hasta
$ 25.000.000 por persona, cuenta
y depósito.
Todas las entidades financieras deben aportar al Fondo de Garantía de los Depósitos un porcentaje estipulado en la normativa vigente.
Los montos necesarios para atender a las entidades con situaciones complejas, se recaudan de forma anticipada (ex – ante) mediante aportes mensuales. Estos, se conforman por un aporte base correspondiente a la prima actual de 0.015% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y en moneda extranjera, constituidos en las entidades financieras, con un aporte adicional en función del nivel de riesgo de la entidad.
El sistema garantiza hasta $ 25.000.000 por persona, cuenta y depósito.
Se encuentran alcanzados con la cobertura que ofrece el Sistema, los depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades participantes bajo la forma de:
– Cuenta corriente
– Cuenta a la vista abierta en las Cajas de Crédito Cooperativas
– Caja de ahorros
– Plazo fijo
– Cuenta sueldo/de la seguridad social y especiales
– Inversiones a plazo
– Saldos inmovilizados provenientes de los conceptos precedentes
Se encuentran alcanzados con la cobertura que ofrece el Sistema, los depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades participantes bajo la forma de:
– Cuenta corriente
– Cuenta a la vista abierta en las Cajas de Crédito Cooperativas
– Caja de ahorros
– Plazo fijo
– Cuenta sueldo/de la seguridad social y especiales
– Inversiones a plazo
– Saldos inmovilizados provenientes de los conceptos precedentes
El total garantizado por acumulación de cuentas y depósitos alcanzados (por la cobertura a una persona determinada) no podrá superar el límite de $25.000.000. En las cuentas e imposiciones constituidas a nombre de dos o más personas, el límite de garantía se distribuirá proporcionalmente entre los titulares correspondientes. La garantía cubrirá la devolución del capital depositado, intereses, actualizaciones – por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (“CER”) en los depósitos de Unidades de Valor Adquisitivo – Ley 25.827 (“UVA”) y por el índice del costo de la construcción para el Gran Buenos Aires (“ICC”) en los depósitos de Unidades de Vivienda – Ley 27.271 (“UVI”)–, y diferencias de cotización, según correspondan, devengados hasta la fecha de revocación de la autorización para funcionar o hasta la fecha de suspensión de la entidad por aplicación del artículo 49 de la Carta Orgánica del BCRA.
El total garantizado por acumulación de cuentas y depósitos alcanzados (por la cobertura a una persona determinada) no podrá superar el límite de $25.000.000. En las cuentas e imposiciones constituidas a nombre de dos o más personas, el límite de garantía se distribuirá proporcionalmente entre los titulares correspondientes. La garantía cubrirá la devolución del capital depositado, intereses, actualizaciones – por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (“CER”) en los depósitos de Unidades de Valor Adquisitivo – Ley N° 25.827 (“UVA”) y por el índice del costo de la construcción para el Gran Buenos Aires (“ICC”) en los depósitos de Unidades de Vivienda – Ley N° 27.271 (“UVI”) -, y diferencias de cotización, según correspondan, devengados hasta la fecha de revocación de la autorización para funcionar o hasta la fecha de suspensión de la entidad por aplicación del artículo 49 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
SEDESA podrá requerir, previo a la liquidación de la garantía, que los depositantes justifiquen el origen y disponibilidad de los fondos depositados a través de constancias que demuestren la verosimilitud de los mismos y/o que se haya constatado el efectivo ingreso de los fondos a la entidad respecto de cada operación alcanzada por el régimen. Además, la citada sociedad deberá formular la pertinente denuncia cuando advierta irregularidades o un ilícito penal tendiente a obtener el cobro indebido de la garantía.
SEDESA rechazará o pospondrá hasta su reconocimiento judicial el pedido de cobertura por aplicación de este régimen de garantía cuando los depósitos no reunieren los requisitos establecidos en las normas aplicables o cuando los depositantes no exhibieren títulos material y formalmente válidos.
SEDESA podrá requerir, previo a la liquidación de la garantía, que los depositantes justifiquen el origen y disponibilidad de los fondos depositados a través de constancias que demuestren la verosimilitud de los mismos y/o que se haya constatado el efectivo ingreso de los fondos a la entidad respecto de cada operación alcanzada por el régimen. Además, la citada sociedad deberá formular la pertinente denuncia cuando advierta irregularidades o un ilícito penal tendiente a obtener el cobro indebido de la garantía.
SEDESA rechazará o pospondrá hasta su reconocimiento judicial el pedido de cobertura por aplicación de este régimen de garantía cuando los depósitos no reunieren los requisitos establecidos en las normas aplicables o cuando los depositantes no exhibieren títulos material y formalmente válidos.
– Los depósitos e inversiones a plazo transferibles en papel cuya titularidad haya sido adquirida por vía de endoso, aún cuando el último endosatario sea el depositante original.
– Los depósitos a la vista en los que se convengan tasas de interés superiores a la tasa de referencia y los depósitos e inversiones a plazo que superen 1,3 veces esa tasa o la tasa de referencia más 5 puntos porcentuales –la mayor de ambas–.
– También quedarán excluidos cuando esos límites de tasa de interés fueran desvirtuados por incentivos o retribuciones adicionales.
– Los depósitos de entidades financieras en otros intermediarios, incluidos los depósitos e inversiones a plazo que se adquieran por negociación secundaria.
– Los depósitos efectuados por personas vinculadas, directa o indirectamente, a la entidad según las pautas definidas en el punto 2.2. de las normas sobre “Fraccionamiento del Riesgo Crediticio”.
– Los depósitos a plazo fijo de títulos valores, aceptaciones o garantías.
– Los saldos inmovilizados provenientes de depósitos y otras operaciones excluidas y los demás depósitos que para el futuro excluya el BCRA.
– Los depósitos e inversiones a plazo instrumentados a través de certificados electrónicos para depósitos e inversiones a plazo (CEDIP) que sean transmitidos a partir de la fecha en que la entidad financiera emisora quede comprendida en alguno de los supuestos previstos en los artículos 49 de la Carta Orgánica del BCRA o 35 bis de la Ley de Entidades Financieras.
– Los depósitos e inversiones a plazo transferibles en papel cuya titularidad haya sido adquirida por vía de endoso, aún cuando el último endosatario sea el depositante original.
– Los depósitos a la vista en los que se convengan tasas de interés superiores a la tasa de referencia y los depósitos e inversiones a plazo que superen 1,3 veces esa tasa o la tasa de referencia más 5 puntos porcentuales -la mayor de ambas-.
– También quedarán excluidos cuando esos límites de tasa de interés fueran desvirtuados por incentivos o retribuciones adicionales.
– Los depósitos de entidades financieras en otros intermediarios, incluidos los depósitos e inversiones a plazo que se adquieran por negociación secundaria.
– Los depósitos efectuados por personas vinculadas, directa o indirectamente, a la entidad según las pautas definidas en el punto 1.2.2. de las normas sobre “Grandes exposiciones al riesgo de crédito”.
– Los depósitos a plazo fijo de títulos valores, aceptaciones o garantías.
– Los saldos inmovilizados provenientes de depósitos y otras operaciones excluidas y los demás depósitos que, para el futuro excluya el BCRA.
– Los depósitos e inversiones a plazo instrumentados a través de certificados electrónicos para depósitos e inversiones a plazo (CEDIP) que sean transmitidos a partir de la fecha en que la entidad financiera emisora quede comprendida en alguno de los supuestos previstos en los artículos 49 de la Carta Orgánica del BCRA o 35 bis de la Ley de Entidades Financieras.
La Tasa de Referencia se utiliza para determinar la exclusión de la garantía de las operaciones en las que se convengan tasas de interés superiores a las denominadas “de Referencia”.
El marco normativo del Sistema de Seguro de Depósitos en la Argentina se encuentra establecido por:
El marco normativo del Sistema de Seguro de Depósitos en la Argentina se encuentra establecido por:
Activo: Conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una persona jurídica o física.
Activo libre de riesgo: Valor que ofrece una tasa de rendimiento perfectamente predecible en términos de la unidad de cuenta seleccionada para el análisis y la duración del horizonte de decisión del inversionista. Si se toma como unidad de cuenta al dólar estadounidense y el horizonte de negociación es un día, la tasa libre de riesgo es la tasa de interés de las letras del Tesoro de EEUU que vencen al día siguiente.
ABA: Asociación de Bancos de la Argentina.
Constituida en 1999, es una entidad empresaria que representa a los bancos de capital internacional con operaciones en el país cuyo objetivo es promover el desarrollo de la banca y contribuir a crear una conciencia pública sobre la importancia de contar con un sistema financiero sólido como instrumento fundamental para el desarrollo sostenido del país.
ABAPPRA: Asociación de Bancos Públicos y Privados de la Argentina
Constituida en 1959 por las entidades bancarias representativas de los Estados Provinciales, los bancos municipales, sociales y de inversión de todo el país. Esta asociación tiene la misión de afianzar el federalismo, impulsar el desarrollo de dicha Banca, propiciar la cooperación entre los asociados y resolver los problemas e inquietudes que se planteen en el sector.
ADEBA: Asociación de Bancos Argentinos
Creada en 1972 con la denominación de Asociación de Bancos Argentinos, y refundada en abril de 2003 como Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino por iniciativa de los bancos privados argentinos, con el fin de impulsar el desarrollo y ejercer la representación de los intereses de la banca privada de capital nacional.
http://www.adebaargentina.com.ar
ABE: Asociación de Banca Especializada
Creada en 1964, tiene por objeto: agrupar a las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, para representar a las entidades asociadas en la defensa de sus intereses comunes y para colaborar en el estudio y solución de los problemas concernientes a la actividad financiera, velando por el desarrollo ético de esta actividad.
Ahorro: Diferencia favorable entre el ingreso disponible y el consumo efectuado por una persona física o jurídica, pudiendo ésta última ser pública o privada. Consiste en guardar una parte de los ingresos y reservarla para su uso futuro o para su capitalización.
ALADI: Asociación Latinoamericana de Integración. Propicia la creación de un área de preferencias económicas en la región, con el objetivo final de lograr un mercado común latinoamericano.
ALALC: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio
Organismo intergubernamental latinoamericano existente entre 1960-1980. Creado el 18 de febrero de 1960 por el Tratado de Montevideo. Reemplazado posteriormente por la ALADI.
BADLAR: Tasa de interés pagada por depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos, por el promedio de entidades financieras.
Balance cambiario: Resume las operaciones cursadas en moneda extranjera en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios y en el Banco Central, realizadas en un período determinado.
Balance de pagos: Resume las transacciones económicas entre los residentes de un país y los del resto del mundo para un período dado. Pone el énfasis en la residencia de las partes intervinientes.
Bancarización: Grado en que los habitantes de un país hacen uso de los productos y servicios financieros ofrecidos por los bancos.
BCRA: Banco Central de la República Argentina: Es una entidad autárquica del Estado Nacional regida por las disposiciones de su Carta Orgánica y demás normas legales concordantes. Su misión primaria y fundamental es preservar el valor de la moneda, siendo sus atribuciones para estos efectos la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la legislación vigente. Sus funciones son: Vigilar el buen funcionamiento del mercado financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y demás normas que, en su consecuencia, se dicten; actuar como agente financiero del Estado Nacional y depositario y agente del país ante las instituciones monetarias, bancarias y financieras internacionales a las cuales la Nación haya adherido; concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos; propender al desarrollo y fortalecimiento del mercado de capital; y ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el Honorable Congreso de la Nación.
Banco Mundial: Brinda asistencia financiera y técnica a los países en desarrollo de todo el mundo. Está conformado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Asociación Internacional de Fomento (AIF). Su misión es reducir la pobreza en el mundo y mejorar los niveles de vida de la gente, para lo cual ofrece préstamos con intereses bajos, créditos sin intereses y donaciones a los países en desarrollo para proyectos de educación, salud, infraestructura, comunicaciones y muchas otras esferas. Base Monetaria: Se encuentra compuesta por los billetes y monedas (emitidos por el Banco Central y puestos en circulación) en poder del público y de las entidades financieras y los depósitos en pesos de las entidades financieras en el Banco Central.
http://www.bancomundial.org
BCE: Banco Central Europeo
Es el banco central de la moneda única europea, el euro. Su función principal es mantener el poder adquisitivo de la moneda única y, de este modo, la estabilidad de precios en la zona del euro.
BID: Banco Interamericano de Desarrollo
Es la principal fuente de financiamiento multilateral para los proyectos de desarrollo económico, social e institucional, y los programas de comercio e integración regional, en América Latina y el Caribe. Es el mayor y más antiguo banco de desarrollo regional.
BIS: Banco Internacional de Pagos
Es una organización internacional que fomenta la cooperación entre los bancos centrales y otros organismos para alcanzar la estabilidad monetaria y financiera.
Caja de Ahorro: Tipo de depósito que puede estar constituido en pesos, dólares estadounidenses o, si existiera autorización del Banco Central, otras monedas extranjeras. Genera un interés, y los retiros de fondos se realizan en el momento que el cliente lo necesite, limitados al saldo disponible.
Capital: El capital productivo es uno de los factores de producción de la economía. Está constituido principalmente por diversos activos (entre ellos inmuebles, equipos y maquinarias o instalaciones de cualquier género u otros bienes) que pueden formar parte del proceso de producción de otros bienes (ya sean de consumo, intermedios o de capital).
CEMLA: Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos
El CEMLA es la asociación regional de bancos centrales de América Latina y el Caribe. Su principal cometido desde 1952 es la cooperación entre sus miembros para promover un mejor conocimiento de temas monetarios y financieros en la región.
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
Fundada en 1972, es una de las cinco comisiones regionales de las Naciones Unidas y su sede está en Santiago de Chile. Se fundó para contribuir al desarrollo económico de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo. Posteriormente, su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social. La CEPAL tiene dos sedes subregionales, una para la subregión de América Central, ubicada en México, D.F. y la otra para la subregión del Caribe, situada en Puerto España, que se establecieron en junio de 1951 y en diciembre de 1966, respectivamente. Además, tiene oficinas nacionales en Buenos Aires, Brasilia, Montevideo y Bogotá y una oficina de enlace en Washington, D.C.
CIMPRA: Comisión Interbancaria para los Medios de Pago de la República Argentina
Su rol fundamental es gestionar el desarrollo del Sistema Nacional de Pagos, planificando y coordinando su implantación, como así también las futuras mejoras para los medios de pago del sistema financiero argentino. Circulación Monetaria: Billetes y monedas emitidos y puestos en circulación por el Banco Central de la República Argentina.
Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER)
Coeficiente compuesto por la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Indice de Precios al Consumidor (IPC), publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Se aplica sobre las obligaciones de dar sumas de dinero, de cualquier causa u origen -judiciales o extrajudiciales- expresadas en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras y convertidas a pesos, existentes al 6 de enero de 2002. Es publicado por el Banco Central el día 7 de cada mes y es usado también como referencia para ciertas modalidades de bonos y depósitos.
Coeficiente de liquidez: Activos líquidos en porcentaje de los depósitos totales.
Comunicaciones del Banco Central:
Cuenta Corriente: Tipo de depósito captado por los bancos, que se obligan a pagar a la vista los cheques librados en las fórmulas que le fueron entregadas al cuentacorrentista. El cuentacorrentista está obligado a mantener suficiente provisión de fondos o contar con la correspondiente autorización escrita para girar en descubierto, a fin de que la entidad atienda los cheques comunes librados contra la cuenta y, en caso contrario, no emitirlos apartándose de las condiciones convenidas por escrito.
Depósito: Son colocaciones de dinero que realizan las familias, las empresas o el gobierno en los bancos, a cambio de una rentabilidad o ganancia (interés).
Depreciación: Es la pérdida de valor de una moneda, determinada por el mercado y convalidada por la autoridad monetaria bajo un esquema de tipo de cambio flotante. Es un término relativo dado que mide el cambio de valor de un signo monetario respecto a otro que es tomado como referencia.
Devaluación: Es la pérdida de valor de una moneda determinada por la decisión de la autoridad monetaria bajo un esquema de tipo de cambio fijo. Es un término relativo ya que evalúa el cambio de valor de un signo monetario respecto a otro que se toma como referencia.
EMAE: Estimador Mensual de la Actividad Económica.
EMI: Estimador Mensual Industrial.
Entidad financiera: Persona jurídica (privada o pública) cuya actividad típica consiste en la intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros.
Exclusión de activos y pasivos: Procedimiento establecido en la Ley de Entidades Financieras a través del cual se faculta al BCRA a transferir los activos de un banco en crisis a otra entidad financiera o a un fideicomiso financiero (valuando los activos por un importe que no sea superior al de los distintos rubros del pasivo) y, con el monto equivalente al de la venta de los activos transferidos, se pagan los créditos de determinados acreedores del banco en crisis.
Fideicomiso: Contrato por el cual una persona (fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. El contrato debe individualizar al beneficiario, quien puede ser una persona física o jurídica, que puede o no existir al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deben constar los datos que permitan su individualización futura. Está regulado por la Ley 24.441.
Fideicomiso financiero: Contrato de fideicomiso en el cual el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por la Comisión Nacional de Valores para actuar como fiduciario financiero, y el beneficiario son los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario o de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes así transmitidos. Dichos certificados de participación y títulos de deuda serán considerados títulos valores y podrán ser objeto de oferta pública. La autoridad de aplicación del fideicomiso financiero es la Comisión Nacional de Valores.
Fondo de Garantía de los Depósitos: Sistema de seguro de garantía de los depósitos bancarios creado por medio de la Ley N° 24.485. Tal fondo se encuentra administrado por Seguros de Depósitos S.A. (SEDESA.) y se integra con aportes efectuados por las entidades financieras. Con este fondo se garantizan en forma parcial y subsidiaria los depósitos incluidos en la norma (plazo fijo, caja de ahorro y cuenta corriente) hasta un determinado porcentaje.
Garantía: Bienes o derechos propios entregados por el deudor de una operación para su cancelación en la eventualidad de su incumplimiento.
INDEC: Instituto Nacional de Estadística y Censos
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) es un organismo público desconcentrado de carácter técnico, dentro de la órbita del Ministerio de Economía de la Nación, que ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realizan en la República Argentina.
IPC: Índice de Precios al Consumidor
Los índices de precios al consumidor miden la variación de precios de los bienes y servicios representativos del gasto de consumo de los hogares residentes en la zona seleccionada en comparación con los precios vigentes en el año base.
Leasing: Contrato por el cual el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio. Pueden ser objeto del contrato cosas muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del dador o sobre los que el dador tenga la facultad de dar en leasing.
LEBAC: Acrónimo de Letras del Banco Central. Son emisiones de deuda a corto plazo del Banco Central de la República Argentina con el objeto de regular la cantidad de dinero de la economía. Estos títulos se emiten con descuento por lo que pagan tanto los intereses como el capital al vencimiento.
LIBOR: London Interbank Offered Rate.
Tasa de interés que cobran los bancos a otros bancos por sus créditos, en el mercado de Londres. Es usada como tasa de referencia en otros mercados.
Liquidación: Acto cancelatorio de una obligación respecto a las transferencias de fondos o valores entre dos o más partes intervinientes en una operación.
Liquidez: Disponibilidad de dinero, o recursos rápidamente convertibles en efectivo, para afrontar compromisos a corto plazo.
MEP: Medio Electrónico de Pagos
Sistema administrado por el BCRA, a través del cual las entidades financieras realizan operaciones de transferencias interbancarias en línea y en tiempo real.
Mercado primario: Mercado donde se negocian por primera vez los títulos y otros activos financieros entre las empresas emisoras y los corredores de bolsa, bancos de inversión u otras instituciones financieras. Cualquier reventa o adquisición posterior de estas obligaciones se realiza en el mercado secundario.
Mercado secundario: Mercado en el que los inversores negocian los títulos y otros activos financieros ya emitidos. Estas negociaciones se realizan por lo general en las bolsas de valores.
MERCOSUR: Mercado Común del Sur.
NAB: Nomenclatura arancelaria de Bruselas
Nomenclatura para la aplicación de los aranceles para la mayoría de los países en el mundo.
NABALALC: Nomenclatura arancelaria común de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC)
NABANDINA: Nomenclatura arancelaria común del Grupo Andino
NAFTA: North American Free Trade Association
Tratado de Libre Comercio de América del Norte (Canadá, EEUU y México).
NOBAC: Acrónimo de Notas del Banco Central. Son emisiones de deuda del Banco Central de la República Argentina a plazos mayores que las LEBAC, con el objeto de regular la cantidad de dinero de la economía. Estos títulos pagan intereses periódicos y el capital al vencimiento.
Normas de clasificación de deudores: Normas que tienen por objeto establecer pautas claras que permitan clasificar la calidad crediticia de los deudores y evaluar los riesgos de pérdidas de capital y/o intereses, para que las previsiones afectadas a tales contingencias sean las adecuadas.
Obligación: Compromiso asumido por una persona frente a otra que puede surgir de una norma legal o un contrato.
OMC: Organización Mundial del Comercio
Se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países, a nivel mundial. Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos y resuelvan sus diferencias comerciales, y tiene como objeto la liberalización del comercio.
Pago: Contraprestación monetaria en cancelación por el cumplimiento de una operación.
Pass through: Es el grado en que una modificación del tipo de cambio nominal afecta a los precios de la economía.
PIB: Representa la producción de bienes y servicios finales de un determinado país a lo largo de un lapso de tiempo, expresada en valores monetarios. Se puede medir tanto a precios corrientes o precios constantes.
Según el Fondo Monetario Internacional, el de Argentina (2021) es:
PIB (nominal) Puesto 27º
• Total (2013) USD 487.227 millones (est)
PIN (Número de Identificación Personal): Código numérico que permite verificar la identidad bancaria de un cliente para la realización de transacciones electrónicas.
Plazo Fijo: Son colocaciones en las que el depositante deja inmovilizado el dinero en el banco por un tiempo inicialmente pautado. Los depósitos a plazo se pueden realizar a 30, 60, 90, 180, 270 ó 360 días.
Programa Monetario: Es la principal herramienta que tiene el BCRA para cumplir con su objetivo de política monetaria. El programa Monetario se basa en metas cuantitativas de agregados monetarios con el objetivo de mantener el equilibrio entre la oferta y demanda de dinero a los efectos de evitar presiones en el mercado monetario que puedan afectar las tasas de interés y/o generar presiones inflacionarias.
REM: Relevamiento de Expectativas del Mercado
Encuesta realizada por el Banco Central, que recolecta los principales pronósticos macroeconómicos de corto y mediano plazo que habitualmente formulan economistas y analistas locales e internacionales. La participación en el REM es voluntaria y abierta a todas aquellas instituciones que provean estimaciones robustas en forma regular y que tengan experiencia reconocida en el seguimiento de la coyuntura local. Las variables seleccionadas incluyen la evolución de los precios, el nivel de la actividad económica y el empleo, el sector externo, las finanzas públicas y los principales agregados monetarios.
Riesgo cambiario: Posibilidad de pérdidas producidas por variaciones del tipo de cambio entre la moneda nacional y la divisa de que se trate.
SEDESA: Seguro de Depósitos S.A. es una sociedad anónima constituida conforme a la ley de Sociedades Comerciales y que fue creada por medio del decreto N° 540/95. Tiene a su cargo como fiduciario, la administración del Fondo de Garantía de los Depósitos (FGD).
Sistema de pago: Conjunto de instrumentos, procedimientos y sistemas inter-bancarios de transferencias de fondos que facilitan la circulación de dinero.
Tarjeta de débito: Aquella que las instituciones bancarias entregan a sus clientes para que al efectuar compras o locaciones, los importes de las mismas sean debitados directamente de una cuenta de ahorro o corriente bancaria del titular.
Tasa activa: Tasa que cobra el banco sobre los préstamos otorgados. Está en función del tipo de préstamo, la garantía, la moneda, el plazo, etc.
Tasa de interés compensatoria de tarjeta de crédito: Tasa de interés que pagan los titulares de tarjeta de crédito por los saldos que financian.
Tasa pasiva: Tasa que paga el banco por los depósitos que capta. Está en función del tipo de depósito, la moneda, el plazo, el monto, etc.
Tasas de interés de referencia para el Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos: Son las tasas aplicables para determinar los depósitos que corresponde excluir de la cobertura del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos (es decir, aquellas operaciones de depósito en las que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia).
UIF: Unidad de Información Financiera
Organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de dinero. Está integrado por un presidente, un vicepresidente y un consejo asesor compuesto por siete vocales: un funcionario representante del Banco Central, un funcionario representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos, uno de la Comisión Nacional de Valores, uno de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, un funcionario representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, uno del Ministerio de Economía y uno del Ministerio del Interior. Funciona con autarquía funcional en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Volatilidad: Grado de riesgo de un activo.
Activo: Conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una persona jurídica o física.
Activo libre de riesgo: Valor que ofrece una tasa de rendimiento perfectamente predecible en términos de la unidad de cuenta seleccionada para el análisis y la duración del horizonte de decisión del inversionista. Si se toma como unidad de cuenta al dólar estadounidense y el horizonte de negociación es un día, la tasa libre de riesgo es la tasa de interés de las letras del Tesoro de EEUU que vencen al día siguiente.
ABA: Asociación de Bancos de la Argentina.
Constituida en 1999, es una entidad empresaria que representa a los bancos de capital internacional con operaciones en el país cuyo objetivo es promover el desarrollo de la banca y contribuir a crear una conciencia pública sobre la importancia de contar con un sistema financiero sólido como instrumento fundamental para el desarrollo sostenido del país.
ABAPPRA: Asociación de Bancos Públicos y Privados de la Argentina
Constituida en 1959 por las entidades bancarias representativas de los Estados Provinciales, los bancos municipales, sociales y de inversión de todo el país. Esta asociación tiene la misión de afianzar el federalismo, impulsar el desarrollo de dicha Banca, propiciar la cooperación entre los asociados y resolver los problemas e inquietudes que se planteen en el sector.
ADEBA: Asociación de Bancos Argentinos
Creada en 1972 con la denominación de Asociación de Bancos Argentinos, y refundada en abril de 2003 como Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino por iniciativa de los bancos privados argentinos, con el fin de impulsar el desarrollo y ejercer la representación de los intereses de la banca privada de capital nacional.
http://www.adebaargentina.com.ar
ABE: Asociación de Banca Especializada
Creada en 1964, tiene por objeto: agrupar a las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, para representar a las entidades asociadas en la defensa de sus intereses comunes y para colaborar en el estudio y solución de los problemas concernientes a la actividad financiera, velando por el desarrollo ético de esta actividad.
Ahorro: Diferencia favorable entre el ingreso disponible y el consumo efectuado por una persona física o jurídica, pudiendo ésta última ser pública o privada. Consiste en guardar una parte de los ingresos y reservarla para su uso futuro o para su capitalización.
ALADI: Asociación Latinoamericana de Integración. Propicia la creación de un área de preferencias económicas en la región, con el objetivo final de lograr un mercado común latinoamericano.
ALALC: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio
Organismo intergubernamental latinoamericano existente entre 1960-1980. Creado el 18 de febrero de 1960 por el Tratado de Montevideo. Reemplazado posteriormente por la ALADI.
Activo: Conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una persona jurídica o física.
Activo libre de riesgo: Valor que ofrece una tasa de rendimiento perfectamente predecible en términos de la unidad de cuenta seleccionada para el análisis y la duración del horizonte de decisión del inversionista. Si se toma como unidad de cuenta al dólar estadounidense y el horizonte de negociación es un día, la tasa libre de riesgo es la tasa de interés de las letras del Tesoro de EEUU que vencen al día siguiente.
ABA: Asociación de Bancos de la Argentina.
Constituida en 1999, es una entidad empresaria que representa a los bancos de capital internacional con operaciones en el país cuyo objetivo es promover el desarrollo de la banca y contribuir a crear una conciencia pública sobre la importancia de contar con un sistema financiero sólido como instrumento fundamental para el desarrollo sostenido del país.
ABAPPRA: Asociación de Bancos Públicos y Privados de la Argentina
Constituida en 1959 por las entidades bancarias representativas de los Estados Provinciales, los bancos municipales, sociales y de inversión de todo el país. Esta asociación tiene la misión de afianzar el federalismo, impulsar el desarrollo de dicha Banca, propiciar la cooperación entre los asociados y resolver los problemas e inquietudes que se planteen en el sector.
ADEBA: Asociación de Bancos Argentinos
Creada en 1972 con la denominación de Asociación de Bancos Argentinos, y refundada en abril de 2003 como Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino por iniciativa de los bancos privados argentinos, con el fin de impulsar el desarrollo y ejercer la representación de los intereses de la banca privada de capital nacional.
http://www.adebaargentina.com.ar
ABE: Asociación de Banca Especializada
Creada en 1964, tiene por objeto: agrupar a las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, para representar a las entidades asociadas en la defensa de sus intereses comunes y para colaborar en el estudio y solución de los problemas concernientes a la actividad financiera, velando por el desarrollo ético de esta actividad.
Ahorro: Diferencia favorable entre el ingreso disponible y el consumo efectuado por una persona física o jurídica, pudiendo ésta última ser pública o privada. Consiste en guardar una parte de los ingresos y reservarla para su uso futuro o para su capitalización.
ALADI: Asociación Latinoamericana de Integración. Propicia la creación de un área de preferencias económicas en la región, con el objetivo final de lograr un mercado común latinoamericano.
ALALC: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio
Organismo intergubernamental latinoamericano existente entre 1960-1980. Creado el 18 de febrero de 1960 por el Tratado de Montevideo. Reemplazado posteriormente por la ALADI.
BADLAR: Tasa de interés pagada por depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos, por el promedio de entidades financieras.
Balance cambiario: Resume las operaciones cursadas en moneda extranjera en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios y en el Banco Central, realizadas en un período determinado.
Balance de pagos: Resume las transacciones económicas entre los residentes de un país y los del resto del mundo para un período dado. Pone el énfasis en la residencia de las partes intervinientes.
Bancarización: Grado en que los habitantes de un país hacen uso de los productos y servicios financieros ofrecidos por los bancos.
BCRA: Banco Central de la República Argentina
Es una entidad autárquica del Estado Nacional regida por las disposiciones de su Carta Orgánica y demás normas legales concordantes. Su misión primaria y fundamental es preservar el valor de la moneda, siendo sus atribuciones para estos efectos la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la legislación vigente. Sus funciones son: Vigilar el buen funcionamiento del mercado financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y demás normas que, en su consecuencia, se dicten; actuar como agente financiero del Estado Nacional y depositario y agente del país ante las instituciones monetarias, bancarias y financieras internacionales a las cuales la Nación haya adherido; concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos; propender al desarrollo y fortalecimiento del mercado de capital; y ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el Honorable Congreso de la Nación.
Banco Mundial: Brinda asistencia financiera y técnica a los países en desarrollo de todo el mundo. Está conformado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) . Su misión es reducir la pobreza en el mundo y mejorar los niveles de vida de la gente, para lo cual ofrece préstamos con intereses bajos, créditos sin intereses y donaciones a los países en desarrollo para proyectos de educación, salud, infraestructura, comunicaciones y muchas otras esferas. Base Monetaria: Se encuentra compuesta por los billetes y monedas (emitidos por el Banco Central y puestos en circulación) en poder del público y de las entidades financieras y los depósitos en pesos de las entidades financieras en el Banco Central.
http://www.bancomundial.org
BCE: Banco Central Europeo
Es el banco central de la moneda única europea, el euro. Su función principal es mantener el poder adquisitivo de la moneda única y, de este modo, la estabilidad de precios en la zona del euro.
BID: Banco Interamericano de Desarrollo
Es la principal fuente de financiamiento multilateral para los proyectos de desarrollo económico, social e institucional, y los programas de comercio e integración regional, en América Latina y el Caribe. Es el mayor y más antiguo banco de desarrollo regional.
BIS: Banco Internacional de Pagos
Es una organización internacional que fomenta la cooperación entre los bancos centrales y otros organismos para alcanzar la estabilidad monetaria y financiera.
Caja de Ahorro: Tipo de depósito que puede estar constituido en pesos, dólares estadounidenses o, si existiera autorización del Banco Central, otras monedas extranjeras. Genera un interés, y los retiros de fondos se realizan en el momento que el cliente lo necesite, limitados al saldo disponible.
Capital: El capital productivo es uno de los factores de producción de la economía. Está constituido principalmente por diversos activos (entre ellos inmuebles, equipos y maquinarias o instalaciones de cualquier género u otros bienes) que pueden formar parte del proceso de producción de otros bienes (ya sean de consumo, intermedios o de capital).
CEMLA: Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos
El CEMLA es la asociación regional de bancos centrales de América Latina y el Caribe. Su principal cometido desde 1952 es la cooperación entre sus miembros para promover un mejor conocimiento de temas monetarios y financieros en la región.
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
Fundada en 1972, es una de las cinco comisiones regionales de las Naciones Unidas y su sede está en Santiago de Chile. Se fundó para contribuir al desarrollo económico de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo. Posteriormente, su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social. La CEPAL tiene dos sedes subregionales, una para la subregión de América Central, ubicada en México, D.F. y la otra para la subregión del Caribe, situada en Puerto España, que se establecieron en junio de 1951 y en diciembre de 1966, respectivamente. Además, tiene oficinas nacionales en Buenos Aires, Brasilia, Montevideo y Bogotá y una oficina de enlace en Washington, D.C.
CIMPRA: Comisión Interbancaria para los Medios de Pago de la República Argentina
Su rol fundamental es gestionar el desarrollo del Sistema Nacional de Pagos, planificando y coordinando su implantación, como así también las futuras mejoras para los medios de pago del sistema financiero argentino. Circulación Monetaria: Billetes y monedas emitidos y puestos en circulación por el Banco Central de la República Argentina.
Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER)
Coeficiente compuesto por la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Indice de Precios al Consumidor (IPC), publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Se aplica sobre las obligaciones de dar sumas de dinero, de cualquier causa u origen -judiciales o extrajudiciales- expresadas en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras y convertidas a pesos, existentes al 6 de enero de 2002. Es publicado por el Banco Central el día 7 de cada mes y es usado también como referencia para ciertas modalidades de bonos y depósitos.
Coeficiente de liquidez: Activos líquidos en porcentaje de los depósitos totales.
Comunicaciones del Banco Central:
Cuenta Corriente: Tipo de depósito captado por los bancos, que se obligan a pagar a la vista los cheques librados en las fórmulas que le fueron entregadas al cuentacorrentista. El cuentacorrentista está obligado a mantener suficiente provisión de fondos o contar con la correspondiente autorización escrita para girar en descubierto, a fin de que la entidad atienda los cheques comunes librados contra la cuenta y, en caso contrario, no emitirlos apartándose de las condiciones convenidas por escrito.
Depósito: Son colocaciones de dinero que realizan las familias, las empresas o el gobierno en los bancos, a cambio de una rentabilidad o ganancia (interés).
Depreciación: Es la pérdida de valor de una moneda, determinada por el mercado y convalidada por la autoridad monetaria bajo un esquema de tipo de cambio flotante. Es un término relativo dado que mide el cambio de valor de un signo monetario respecto a otro que es tomado como referencia.
Devaluación: Es la pérdida de valor de una moneda determinada por la decisión de la autoridad monetaria bajo un esquema de tipo de cambio fijo. Es un término relativo ya que evalúa el cambio de valor de un signo monetario respecto a otro que se toma como referencia.
EMAE: Estimador Mensual de la Actividad Económica.
EMI: Estimador Mensual Industrial.
Entidad financiera: Persona jurídica (privada o pública) cuya actividad típica consiste en la intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros.
Exclusión de activos y pasivos: Procedimiento establecido en la Ley de Entidades Financieras a través del cual se faculta al BCRA a transferir los activos de un banco en crisis a otra entidad financiera o a un fideicomiso financiero (valuando los activos por un importe que no sea superior al de los distintos rubros del pasivo) y, con el monto equivalente al de la venta de los activos transferidos, se pagan los créditos de determinados acreedores del banco en crisis.
Fideicomiso: Contrato por el cual una persona (fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. El contrato debe individualizar al beneficiario, quien puede ser una persona física o jurídica, que puede o no existir al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deben constar los datos que permitan su individualización futura. Está regulado por la Ley 24.441.
Fideicomiso financiero: Contrato de fideicomiso en el cual el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por la Comisión Nacional de Valores para actuar como fiduciario financiero, y el beneficiario son los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario o de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes así transmitidos. Dichos certificados de participación y títulos de deuda serán considerados títulos valores y podrán ser objeto de oferta pública. La autoridad de aplicación del fideicomiso financiero es la Comisión Nacional de Valores.
Fondo de Garantía de Depósitos: Sistema de seguro de garantía de los depósitos bancarios creado por medio de la Ley N° 24.485. Tal fondo se encuentra administrado por Seguros de Depósitos S.A. (SEDESA.) y se integra con aportes efectuados por las entidades financieras. Con este fondo se garantizan en forma parcial y subsidiaria los depósitos incluidos en la norma(plazo fijo, caja de ahorro y cuenta corriente) hasta un determinado porcentaje.
Garantía: Bienes o derechos propios entregados por el deudor de una operación para su cancelación en la eventualidad de su incumplimiento.
INDEC: Instituto Nacional de Estadística y Censos
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) es un organismo público desconcentrado de carácter técnico, dentro de la órbita del Ministerio de Hacienda de la Nación, que ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realizan en la República Argentina.
IPC: Índice de Precios al Consumidor.
Leasing: Contrato por el cual el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio. Pueden ser objeto del contrato cosas muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del dador o sobre los que el dador tenga la facultad de dar en leasing.
LEBAC: Acrónimo de Letras del Banco Central. Son emisiones de deuda a corto plazo del Banco Central de la República Argentina con el objeto de regular la cantidad de dinero de la economía. Estos títulos se emiten con descuento por lo que pagan tanto los intereses como el capital al vencimiento.
LIBOR: London Interbank Offered Rate.
Tasa de interés que cobran los bancos a otros bancos por sus créditos, en el mercado de Londres. Es usada como tasa de referencia en otros mercados.
Liquidación: Acto cancelatorio de una obligación respecto a las transferencias de fondos o valores entre dos o más partes intervinientes en una operación.
Liquidez: Disponibilidad de dinero, o recursos rápidamente convertibles en efectivo, para afrontar compromisos a corto plazo.
MEP: Medio Electrónico de Pagos
Sistema administrado por el BCRA, a través del cual las entidades financieras realizan operaciones de transferencias interbancarias en línea y en tiempo real.
Mercado primario: Mercado donde se negocian por primera vez los títulos y otros activos financieros entre las empresas emisoras y los corredores de bolsa, bancos de inversión u otras instituciones financieras. Cualquier reventa o adquisición posterior de estas obligaciones se realiza en el mercado secundario.
Mercado secundario: Mercado en el que los inversores negocian los títulos y otros activos financieros ya emitidos. Estas negociaciones se realizan por lo general en las bolsas de valores.
MERCOSUR: Mercado Común del Sur.
NAB: Nomenclatura arancelaria de Bruselas. Nomenclatura para la aplicación de los aranceles para la mayoría de los países en el mundo.
NABALALC: Nomenclatura arancelaria común de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC).
NABANDINA: Nomenclatura arancelaria común del Grupo Andino.
NAFTA: North American Free Trade Association
Tratado de Libre Comercio de América del Norte (Canadá, EEUU y México).
NOBAC: Acrónimo de Notas del Banco Central. Son emisiones de deuda del Banco Central de la República Argentina a plazos mayores que las LEBAC, con el objeto de regular la cantidad de dinero de la economía. Estos títulos pagan intereses periódicos y el capital al vencimiento.
Normas de clasificación de deudores: Normas que tienen por objeto establecer pautas claras que permitan clasificar la calidad crediticia de los deudores y evaluar los riesgos de pérdidas de capital y/o intereses, para que las previsiones afectadas a tales contingencias sean las adecuadas.
Obligación: Compromiso asumido por una persona frente a otra que puede surgir de una norma legal o un contrato.
OMC: Organización Mundial del Comercio
Se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países, a nivel mundial. Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos y resuelvan sus diferencias comerciales, y tiene como objeto la liberalización del comercio.
Pago: Contraprestación monetaria en cancelación por el cumplimiento de una operación.
Pass through: Es el grado en que una modificación del tipo de cambio nominal afecta a los precios de la economía.
PIB: Representa la producción de bienes y servicios finales de un determinado país a lo largo de un lapso de tiempo, expresada en valores monetarios. Se puede medir tanto a precios corrientes o precios constantes.
Según el Fondo Monetario Internacional, el de Argentina (2013) es:
PIB (nominal) Puesto 26º
• Total (2013) USD 488.213 millones (est)
PIN (Número de Identificación Personal): Código numérico que permite verificar la identidad bancaria de un cliente para la realización de transacciones electrónicas.
Plazo Fijo: Son colocaciones en las que el depositante deja inmovilizado el dinero en el banco por un tiempo inicialmente pautado. Los depósitos a plazo se pueden realizar a 30, 60, 90, 180, 270 ó 360 días.
Programa Monetario: Es la principal herramienta que tiene el BCRA para cumplir con su objetivo de política monetaria. El programa Monetario se basa en metas cuantitativas de agregados monetarios con el objetivo de mantener el equilibrio entre la oferta y demanda de dinero a los efectos de evitar presiones en el mercado monetario que puedan afectar las tasas de interés y/o generar presiones inflacionarias.
REM: Relevamiento de Expectativas del Mercado
Encuesta realizada por el Banco Central, que recolecta los principales pronósticos macroeconómicos de corto y mediano plazo que habitualmente formulan economistas y analistas locales e internacionales. La participación en el REM es voluntaria y abierta a todas aquellas instituciones que provean estimaciones robustas en forma regular y que tengan experiencia reconocida en el seguimiento de la coyuntura local. Las variables seleccionadas incluyen la evolución de los precios, el nivel de la actividad económica y el empleo, el sector externo, las finanzas públicas y los principales agregados monetarios.
Riesgo cambiario: Posibilidad de pérdidas producidas por variaciones del tipo de cambio entre la moneda nacional y la divisa de que se trate.
SEDESA: Seguro de Depósitos S.A. es una sociedad anónima constituida conforme a la ley de Sociedades Comerciales y que fue creada por medio del decreto N° 540/95. Tiene a su cargo como fiduciario, la administración del Fondo de Garantía de los Depósitos (FGD).
Sistema de pago: Conjunto de instrumentos, procedimientos y sistemas inter-bancarios de transferencias de fondos que facilitan la circulación de dinero.
Tarjeta de débito: Aquella que las instituciones bancarias entregan a sus clientes para que al efectuar compras o locaciones, los importes de las mismas sean debitados directamente de una cuenta de ahorro o corriente bancaria del titular.
Tasa activa: Tasa que cobra el banco sobre los préstamos otorgados. Está en función del tipo de préstamo, la garantía, la moneda, el plazo, etc.
Tasa de interés compensatoria de tarjeta de crédito: Tasa de interés que pagan los titulares de tarjeta de crédito por los saldos que financian.
Tasa pasiva: Tasa que paga el banco por los depósitos que capta. Está en función del tipo de depósito, la moneda, el plazo, el monto, etc.
Tasas de interés de referencia para el Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos: Son las tasas aplicables para determinar los depósitos que corresponde excluir de la cobertura del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos (es decir, aquellas operaciones de depósito en las que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia).
UIF: Unidad de Información Financiera
Organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de dinero. Está integrado por un presidente, un vicepresidente y un consejo asesor compuesto por siete vocales: un funcionario representante del Banco Central, un funcionario representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos, uno de la Comisión Nacional de Valores, uno de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, un funcionario representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, uno del Ministerio de Economía y Producción y uno del Ministerio del Interior. Funciona con autarquía funcional en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Volatilidad: Grado de riesgo de un activo.
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